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Colombia: la Corte Suprema garantiza el derecho de acceso a información pública

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Noticia Publicada Pedido de Información Sentencia de la Corte Suprema

10-09-2008

Colombia: la Corte Suprema garantiza el derecho de acceso a información pública

El periodista colombiano Juan Esteban Mejía presentó una solicitud de información pública ante el Ejército de su país, la Corte Suprema de Justicia intimó a entregar la informacion requerida.

El 23 de abril de 2008, el periodista colombiano Juan Esteban Mejía presentó una solicitud de información pública ante el Ejército de su país, en la que requería datos sobre las condiciones en las que murieron diez personas a quienes el Ejército señalaba como miembros de grupos armados al margen de la ley.

En su respuesta del 29 de abril de 2008, el jefe de Operaciones del Ejército Nacional, mayor general Gustavo Matamoros Camacho, negó la información indicando que “por tratarse de asuntos relacionados con la estructura militar y concernientes con la Defensa y Seguridad Nacional, dichos datos solamente pueden ser suministrados en virtud de un mandato judicial proveniente de autoridad judicial competente”.

En el marco del proyecto regional ‘Periodismo por el acceso a la información’, y con la asesoría de la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), el periodista entabló una acción de tutela. La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante sentencia emitida el pasado 21 de agosto, revocó el fallo de primera instancia que negaba el amparo constitucional y ordenó al Ejército entregar la información al periodista. Según la sentencia de la Corte, con ponencia del magistrado Pedro Octavio Munar Cadena, se vulneró el derecho fundamental de petición del periodista ya que el Ejército se limitó a mencionar que se trataba de asuntos relacionados con la seguridad nacional “sin exteriorizar ningún argumento que conduzca a entender que la seguridad nacional se encontraría comprometida con la respuesta”.

Además, el magistrado considera que un hecho ya pasado no puede afectar la seguridad nacional. “Máxime cuando –según el fallo – en múltiples ocasiones, son los mismos militares de alto rango quienes divulgan a los medios de comunicación y al público en general operaciones realizadas en contra de los grupos armados al margen de la ley”.

Mediante esta sentencia, la Corte sigue los lineamientos establecidos por los estándares internacionales en materia de acceso a la información. Para cumplir con el fallo, mediante un oficio, el 2 de septiembre de 2008 el Ejército Nacional dio respuesta a la petición de información presentada por el periodista.